El pasado viernes 11 de julio fue publicada la Ley N°21.755, mediante la cual vuelve a disminuirse transitoriamente la tasa del Impuesto de Primera Categoría para las empresas acogidas al régimen de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Régimen Pro Pyme).
La referida tasa será de un 12,5% para las rentas percibidas o devengadas por dichos contribuyentes durante los ejercicios 2025, 2026 y 2027, y de un 15% para las rentas percibidas o devengadas durante el 2028, siempre y cuando la cotización de cargo de los empleadores establecida en la Ley N°21.735 que crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo sea, al final de cada ejercicio, de 1%, 3,5%, 4,25%, y 5%, respectivamente.
Además, la tasa de los pagos provisionales mensuales que deban pagar los contribuyentes Pro Pyme será reducida a la mitad durante los ejercicios 2025, 2026 y 2027.
I+D
Además, la Ley N°21.755 aumentó en 10 años el plazo para presentar a la CORFO las solicitudes de certificación de sus contratos y proyectos para hacer uso de los beneficios contemplados en la Ley N°20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión en investigación y desarrollo (Ley I+D). Por tanto, los contribuyentes podrán presentar sus antecedentes hasta el 31 de diciembre de 2035. Se recuerda que la ley I+D permite a los contribuyentes de primera categoría deducir como crédito en contra de su IDPC el equivalente a un 35% del total de los pagos en dinero efectuados conforme a los contratos de I+D debidamente certificados por la CORFO.
En caso de requerir información adicional sobre esta materia, puede contactar a Rafael Valdivieso Ruiz-Tagle (rvaldivieso@jdf.cl), Martín Hudson (mhudson@jdf.cl) o Nicolás Donoso (ndonoso@jdf.cl).