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Ley Más Mujeres en Directorios

Con fecha 19 de agosto de 2025 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.757, conocida como la “Ley Más Mujeres en Directorios” (en adelante, la “Ley”). Mediante la incorporación de nuevos incisos al artículo 31 y la creación de los nuevos artículos 31 bis y 31 ter en la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, la normativa busca fomentar una mayor participación femenina en los órganos de administración de las sociedades anónimas, abiertas y especiales, que son fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante, la “CMF”).

 

En términos generales, la Ley limita la participación del sexo con mayor representación en los directorios, estableciendo un régimen de aplicación gradual que se hará exigible en los procesos eleccionarios de directorio que se celebren a partir del 1 de enero de 2026.

 

Así, durante los tres primeros años de vigencia, la proporción máxima sugerida será del 80%, lo que implica que al menos un 20% de los asientos deberá ser ocupado por personas del sexo menos representado. Entre el cuarto y sexto año, la participación del sexo mayoritario no podrá exceder del 70%, y desde el séptimo año el límite será de 60%.

 

Aquellas sociedades que no logren cumplir con la proporción sugerida deberán remitir a la CMF las razones y fundamentos de esa situación, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la elección respectiva. Esta información será puesta a disposición del público por la CMF, y, además, deberá ser publicada por la propia sociedad en su memoria y, de existir, en su página web.

 

La CMF, a su vez, llevará un listado público con aquellas sociedades que sí verifiquen el cumplimiento de los porcentajes recomendados.

 

A partir de los 6 años desde su publicación, la CMF evaluará permanentemente la implementación de la Ley, pudiendo determinar el establecimiento de una cuota obligatoria, de forma transitoria por 4 años, para sociedades que no adoptaron la medida.

 

Un aspecto relevante es que aquellas empresas con buenos indicadores de equidad en sus directorios podrán acceder a un reconocimiento especial en el marco de la Ley de Compras Públicas, al ser vistas como promotoras de la igualdad de género y del liderazgo de mujeres dentro de su estructura organizacional.

 

Por último, la Ley contempla la creación de un Comité Asesor Transitorio, integrado por representantes del sector público y privado, cuya función principal será asesorar a los ministerios de Economía, Hacienda y de la Mujer y Equidad de Género en la implementación de la Ley y en la coordinación de esfuerzos destinados a aumentar la representación equitativa en los directorios.

 

En caso de requerir información adicional sobre esta materia, puede contactar a Christian Schiessler (cshiesslerq@jdf.cl) y a Francisca Chávez (fchavez@jdf.cl).

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