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Ministerio de Obras Públicas– Prorroga el plazo establecido en la Ley N.º 21.435 para la inscripción y el registro de derechos de aprovechamiento de aguas

Con fecha 18 de febrero de 2025 se publica en el Diario Oficial la Ley N.º 21.727, que prorroga el plazo establecido en la Ley N.º 21.435 para la inscripción y el registro de derechos de aprovechamiento de aguas.

En lo medular, la Ley N.º 21.727 establece lo siguiente:

  1. Prórroga del plazo para la inscripción y el registro de derechos de aprovechamiento de aguas: Se amplía el plazo hasta el 6 de abril de 2027, para efectuar la inscripción de derecho de aprovechamiento de aguas constituidos por acto de autoridad en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes respectivo y para registrarlos en el Catastro Público de Aguas.
  2. Registro en el Catastro Público de Aguas: Los Conservadores de Bienes Raíces deberán informar a la Dirección General de Aguas (DGA) las inscripciones de derechos de aprovechamiento de aguas que se realicen según lo anterior, adjuntando una copia del certificado de dominio vigente y de la inscripción respectiva, a fin de que dicha Dirección pueda proceder a registrarlo en el Catastro Público de Aguas, situación a la que no se aplicará la sanción dispuesta por falta de registro en el plazo establecido.

En caso de que requiera información adicional sobre esta materia, pueden contactar a: Javier Naranjo jnaranjo@jdf.cl; Martín Esser, messer@jdf.cl; María Paz Valenzuela, mpvalenzuela@jdf.cl; y, Javiera Rodríguez, jrodriguez@jdf.cl.

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