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Ministerio del Medio Ambiente declara a los textiles como productos prioritarios de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor

Por medio de la Resolución Exenta N°3914 de 16 de junio de 2025, el Ministerio del Medio Ambiente declaró oficialmente a los textiles como producto prioritario, en el marco de la Ley N°20.920, que establece el régimen de Responsabilidad Extendida del Productor (“Ley REP”) y el fomento al reciclaje.

 

Esta medida responde al alto volumen de residuos textiles generados en el país, su bajo nivel de valorización, y los graves impactos ambientales y sociales derivados de su disposición inadecuada, especialmente en vertederos ilegales como los del desierto de Atacama.

 

¿Qué se entiende por “textiles”?

 

De manera preliminar, la resolución define los textiles como:

“Productos que, en estado bruto, semielaborado, elaborado, semimanufacturado, manufacturado, semiconfeccionado o confeccionado, estén compuestos principalmente por fibras textiles, cualquiera sea el procedimiento de mezcla o de ensamblaje utilizado”.

 

¿Qué implica esta declaración?

 

Esta resolución constituye el primer paso para que se elaboren decretos de metas de recolección y valorización, así como otras obligaciones asociadas a los productores e importadores de textiles.

 

El Ministerio del Medio Ambiente deberá dar inicio al procedimiento para dictar un Decreto Supremo que:

  • Defina categorías y subcategorías de productos textiles sujetos a REP;
  • Establezca metas de recolección, valorización y otras obligaciones para los productores.

 

¿A quiénes afecta?

 

La Responsabilidad Extendida del Productor corresponde a un régimen especial de gestión de residuos, donde los productores de productos prioritarios son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de los residuos de los productos prioritarios que se comercialicen en el país.

 

A quienes aplicaría esta nueva Resolución son los productores que:

  • Enajenan (comercializan) por primera vez un producto textil en el mercado nacional.
  • Enajena un producto textil bajo marca propia, habiéndolo adquirido de un tercero que no es el primer distribuidor.
  • Importa un producto textil para su propio uso profesional.

 

Fundamentos

  • Chile genera cerca de 572.000 toneladas anuales de residuos textiles (7% de los residuos sólidos urbanos por habitante).
  • Más del 90% de los textiles en Chile son importados, y en 2022 se importaron más de 123.000 toneladas de ropa usada.
  • Se estima que menos del 1% de los materiales textiles son reciclados.
  • La industria textil representa entre el 8% y 10% de las emisiones globales de carbono.
  • Esta medida se enmarca en los compromisos internacionales de Chile sobre economía circular y cambio climático, incluyendo su Hoja de Ruta para un Chile Circular al 2040 y el Acuerdo de París.

 

En caso de que requiera información adicional sobre esta materia, puede contactar a: Javier Naranjo jnaranjo@jdf.cl; Martín Esser, messer@jdf.cl; Andrea Gallyas, agallyas@jdf.cl; María Paz Valenzuela, mpvalenzuela@jdf.cl; y, Javiera Rodríguez, jrodriguez@jdf.cl

 

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