El pasado 12 de enero de 2026, fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Exento N° 354 del Ministerio de Energía. Este instrumento normativo marca el hito final del proceso de planificación anual de la transmisión correspondiente al año 2024, instruyendo el inicio de los procesos de licitación para un conjunto significativo de Obras Nuevas tanto en el Sistema de Transmisión Nacional como en los Sistemas Zonales.
Este decreto es el resultado de un proceso técnico y regulatorio que incluyó la emisión del Informe Técnico Definitivo por parte de la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la resolución de discrepancias por el H. Panel de Expertos durante el año 2025. Su importancia radica en que define la infraestructura crítica que deberá construirse en el próximo quinquenio para habilitar la transición energética, mejorar la seguridad de suministro y permitir la conexión de nuevos proyectos de generación.
El Decreto ordena la licitación de un total de 23 obras nuevas de alta relevancia estratégica:
A. Sistema de Transmisión Nacional
Se instruye la ejecución de 6 megaproyectos orientados a robustecer la columna vertebral del sistema eléctrico. Destacan:
- Nueva Línea 2×500 kV Nueva Chuquicamata – Miraje: Obra clave para el norte grande, con una inversión referencial superior a los USD 90 millones.
- Sistema Tiquel – Tiuquilemu (500 kV): Un conjunto de obras (subestaciones y líneas) que suman una inversión referencial conjunta superior a los USD 190 millones, diseñadas para fortalecer la zona centro-sur y habilitar nuevos polos de inyección renovable.
B. Sistemas de Transmisión Zonal
Se decretan 17 obras distribuidas en los sistemas A, B, E y F, con un fuerte foco en la zona centro (Sistema E) y sur (Sistema F). Estas obras buscan resolver congestiones locales y mejorar la calidad de servicio en regiones como Coquimbo, Maule, O’Higgins y Los Lagos. Proyectos como la Nueva S/E Pichilemu y la Nueva S/E Puerto Octay son vitales para la demanda y la generación distribuida en dichas zonas.
Implicancias Regulatorias y Prácticas
1. Impacto en Cronogramas de Inversión
El decreto activa plazos perentorios. El Coordinador Eléctrico Nacional deberá iniciar los procesos de licitación pública internacional dentro de los doce meses siguientes a la publicación del decreto. Para los desarrolladores e inversionistas, esto implica la apertura inminente de oportunidades de negocio por un valor referencial total que supera los USD 500 millones.
2. Cambio de Calificación de Instalaciones Dedicadas
Un aspecto crítico del decreto es la identificación expresa de instalaciones dedicadas que serán intervenidas. Conforme al artículo 87° de la Ley General de Servicios Eléctricos, estas instalaciones cambiarán su calificación a servicio público (Nacional o Zonal).
3. Coordinación con Obras de Ampliación
El decreto establece condiciones suspensivas de adjudicación. Varias obras nuevas (ej. Nueva S/E Tiquel) están condicionadas a la adjudicación exitosa de obras de ampliación contenidas en el Decreto Exento N°276/2025. Esto exige a los oferentes un análisis integral de ambos decretos para evaluar correctamente los riesgos de los proyectos.
Riesgos y Puntos de Atención Jurídica
1. Plazos Constructivos Exigentes
Los plazos de ejecución fijados (entre 48 y 72 meses) son desafiantes considerando la actual permisología. El decreto establece que los plazos corren desde la publicación en el Diario Oficial del decreto de adjudicación (Art. 96° LGSE). El incumplimiento conlleva el cobro de boletas de garantía y multas, por lo que la estrategia de permisos (RCA, concesiones eléctricas) debe ser prioritaria desde la oferta.
2. Franjas Preliminares
Es relevante destacar que, según los considerandos del decreto, ninguna de estas obras será sometida al procedimiento de Franjas Preliminares. Esto significa que el riesgo de definición de trazado, constitución de servidumbres y relacionamiento comunitario recae íntegramente en el adjudicatario, quien no contará con una franja pre-evaluada por el Estado.
3. Interacción con Propietarios de Terrenos
Dada la ubicación de las nuevas subestaciones (ej. zonas agrícolas en Maule u O’Higgins), se prevé una alta complejidad en la negociación de terrenos. Recomendamos iniciar los estudios de títulos y estrategias de adquisición de suelo de manera temprana, considerando la posibilidad de tener que recurrir a concesiones eléctricas forzosas.
Conclusiones y Recomendaciones
El Decreto N°354 representa una señal clara de expansión de la infraestructura eléctrica. Para los actores del mercado, recomendamos:
- Monitoreo de Licitaciones: Estar atentos al llamado del Coordinador Eléctrico Nacional, que ocurrirá durante 2026.
- Due Diligence de Trazados: Al no haber franjas preliminares, es crucial evaluar la viabilidad territorial de los trazados referenciales antes de ofertar.
- Revisión de Activos Dedicados: Los propietarios de líneas dedicadas intervenidas deben prepararse legal y contablemente para el cambio de régimen de sus activos.
Si requiere información adicional sobre esta materia, contactar a Francisco López (flopez@jdf.cl) o Eduardo Silva (esilva@jdf.cl)





