El 16 de enero de 2024, ingresó a tramitación en el Senado el proyecto de ley que tiene como objetivo proponer medidas para estabilizar las tarifas eléctricas, normalizar los costos de la electricidad, descongelar los precios de la energía eléctrica e incorporar medidas para implementar un subsidio a las cuentas de la luz. El proyecto cuenta con discusión inmediata y el Ejecutivo espera despacharlo del Senado durante enero, y que sea completamente aprobado durante el primer trimestre del año.
Previo a revisar los detalles de la iniciativa, es importante recordar que en los últimos años fueron aprobadas dos leyes con mecanismos que impedían traspasar a clientes el alza en el precio de las cuentas eléctricas. La primera de éstas, la Ley N°21.185, publicada en noviembre de 2019 que estableció que las empresas distribuidoras sólo podían traspasar los niveles de precio comprendidos en el Decreto 20T correspondiente al primer semestre de 2019, este precio es el que se denomina Precio Estabilizado a Cliente Regulado o PEC.
Asimismo, la ley creó un mecanismo de acumulación de los saldos que se generasen por la diferencia de facturación entre el PEC y el de las fijaciones semestrales o Precio Nudo Promedio (PNP). Dichos saldos acumulados con las generadoras no podían superar los USD 1.350 millones y se establecía un mecanismo para su devolución.
Posteriormente, en julio de 2022 y producto del rápido agotamiento del fondo antes mencionado, se aprobó la Ley N°21.472 que creó un Fondo de Estabilización de Tarifas y estableció un Mecanismo de Protección a los Clientes (MPC).
El Fondo de Estabilización, como dice su nombre, tiene como propósito estabilizar las tarifas eléctricas para clientes sujetos a regulación de tarifas, mediante un nuevo cargo por servicio público a los clientes finales. Dicho fondo permitiría pagar los saldos generados por el PEC 1 de la Ley 21.185 y de los que se generen producto del Mecanismo de Estabilización de Tarifas. La contribución a este fondo es de los clientes con consumos mayores a 350 kW/h, y está estructurado de manera que, a mayor consumo, mayor es el aporte. El MPC, por su parte, pretendía limitar el alza de las cuentas, mediante un fondo de hasta USD 1800 millones.
Sin embargo, ambas leyes y sus respectivos fondos se agotaron mucho más rápido de lo previsto, debido a diversos factores, tales como alza en el tipo de cambio, incremento en precio de combustibles, incremento en los PNP, demoras en la implementación de la Ley N°21.472, entre otros. Esto implicaría que se debiese comenzar a traspasar a los clientes los incrementos contenidos en los decretos pendientes, con alzas que fluctúan entre un 8% y un 98%.
Es así como el Gobierno presentó una nueva iniciativa que según plantean, busca entregar una solución completa al tema de las deudas acumuladas y congelamiento de precios. El proyecto de ley tiene por objeto:
- Estabilizar y avanzar progresivamente en la normalización de las tarifas, para que el costo de la energía refleje los costos reales del sistema.
- Realizar ajustes a las leyes N°21.185 y N°21.472 con el objeto de simplificarlos y establecer la forma de pago de los saldos originados.
- Implementar un subsidio transitorio a las cuentas de luz de cerca 850.000 familias.
En particular la iniciativa propone las siguientes medidas:
Mecanismo Protección al Cliente (MPC):
- Se incrementa el monto del fondo desde USD1.800 millones a UDS5.500 millones, explicitando que los recursos deben ser destinados al pago de la deuda acumulada.
- En una primera etapa se pagarán los saldos de la Ley N°21.185 y los documentos de pago emitidos por Tesorería por hasta USD1800. En una segunda etapa, a partir del 1 de enero de 2028, se pagarán los saldos adeudados de la Ley N°21.472 y los que se originen por la nueva ley, con un plazo máximo de pago a fines de 2035.
- Se actualizan los niveles de precios aplicables a los distintos períodos tarifarios:
- 2023 los valores serán los correspondientes al Decreto 16T de 2022.
- Primer trimestre de 2024, a los consumos menores de 350 kWh se aplicarán los precios del Decreto 16T de 2022 +IPC, para consumos mayores de 350 kWh será PNP respectivo + cargo MPC.
- Segundo trimestre de 2024: a los consumos menores de 350 kWh se aplicarán los valores PNP respectivo. Para consumos mayores de 350 kWh será PNP respectivo + cargo MPC.
- A partir de 2025 para todos los clientes el valor será PNP respectivo + cargo MPC.
Cargo MPC:
- Se modifica la formulación de dicho cargo por uno fijo de $22 por kWh +IPC, entre los años 2024 y 2027, y de $9 por kWh +IPC para el periodo 2028 y 2035.
- Estos precios podrán ser reajustados cuando existan:
- Variaciones superiores al 10% en las proyecciones de demanda.
- Variaciones en el precio del dólar superiores al 10% en relación al valor promedio a diciembre 2023.
- Ajustes transitorios durante los años 2026 y 2027, si se proyecta que no se alcanzarán a cubrir los saldos de la Ley 21.185.
- Estos precios podrán ser reajustados cuando existan:
Valor Agregado de Distribución (VAD):
- De manera progresiva se deja sin efecto el congelamiento del VAD establecido en el artículo décimo tercero transitorio de la Ley N°21.194, siguiendo las siguientes reglas:
- A partir del PNP del primer semestre de 2024 se descongela el VAD para las distribuidoras que sean cooperativas.
- A partir del PNP del segundo semestre de 2024, se permite un incremento de hasta un 10% respecto de los precios congelados por la Ley N°21.196. A contar del PNP del primer semestre de 2025, se realiza un ajuste de hasta un 20% en relación al precio de la Ley N°21.194. A contar del PNP del segundo semestre de 2025 se actualiza en su totalidad.
Subsidio Transitorio cuentas de la luz
Se realizan modificaciones para viabilizar e implementar el subsidio establecido en el artículo 151° De la Ley General de Servicios Eléctricos. El subsidio está contemplado que opere entre el año 2024 y 2026 beneficiando a 850.000 familias.
Los recursos para financiar el subsidio provienen de Fondo de Estabilización de Tarifas, cuyos recursos provienen del Cargo por Servicio Público que aporta con USD 100 millones anuales, y USD 20 millones anuales que el Ministerio de Hacienda aportará a dicho Fondo.
La iniciativa es un avance en el sentido de permitir que se regularicen las deudas existentes por la aplicación de las leyes N°21.185 y N°21.472 y que se retome el principio que las cuentas reflejen el valor real del servicio y la energía.
Sin embargo, han surgido dudas respecto a las fuentes de financiamiento del proyecto, ya que mayoritariamente los recursos provienen de los propios clientes, quienes deben aportar a pagar lo adeudado, pero también el financiamiento del subsidio, incorporando subsidios cruzados entre las personas, siendo que sería conveniente que los recursos provengan del Fisco a través de ingresos generales de la Nación.
Si requiere información adicional sobre esta materia, contactar a Francisco López flopez@jdf.cl