El Ministerio del Medio Ambiente, mediante Resolución Exenta N°01025/2024 de fecha 22 de mayo de 2024, ha efectuado un requerimiento de información a los productores de productos prioritarios sobre la comercialización de éstos, y a la gestión de los residuos derivados de dichos productos prioritarios, en el contexto de la Ley N°20.920 que Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, conocida como “Ley REP”.
El requerimiento se enmarca en las obligaciones de información establecidas para los productores de productos prioritarios que se encuentren bajo la aplicación de la Ley REP, como, asimismo, a productores de productos prioritarios que se encuentren en una categoría o subcategoría excluida de la Ley REP.
Destinatarios: El requerimiento de información está destinado a los productores de los siguientes productos prioritarios:
- Aceites lubricantes.
- Aparatos eléctricos y electrónicos.
- Baterías.
- Envases y embalajes, incluyendo aquellos productores que introduzcan en el mercado menos de 300 kilógramos de envases; envases reutilizables; y, envases pertenecientes a la subcategoría “otros”.
- Neumáticos de bicicletas y de sillas de rueda, y neumáticos macizos.
- Diarios, periódicos y revistas.
Productores de productos prioritarios: La misma resolución establece que serán considerados productores de productos prioritarios, las personas que los introduzcan en el mercado, entendiéndose por “introducir en el mercado” las siguientes acciones:
- Enajenar un producto prioritario por primera vez en el mercado nacional.
- Enajenar bajo marca propia productos prioritarios adquiridos de un tercero que no es el primer distribuidor.
- Importar productos prioritarios para su propio uso profesional.
Obligación de informar: Los productores de los productos prioritarios señalados, deberán informar hasta las 14:00 horas del día 15 de julio del año en curso y, a través del sitio web de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), la cantidad -unidades, metros cúbicos y/o toneladas- de productos prioritarios introducidos en el mercado, en el país, durante el año 2023.
En caso de que requiera información adicional sobre esta materia, pueden contactar a: Javier Naranjo, jnaranjo@jdf.cl; Martín Esser, messer@jdf.cl; María Paz Valenzuela, mpvalenzuela@jdf.cl.