Con fecha 1 de diciembre de 2025, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) publicó la Norma de Carácter General N°555 (“NCG”), que establece el mecanismo de envío de la información relativa a los directores de las sociedades anónimas abiertas y especiales en el marco de la Ley N°21.757 (“Ley”), cuyo objetivo es aumentar la participación de mujeres en los directorios de este tipo de sociedades.
En particular, la NCG aborda los siguientes aspectos para la implementación de la Ley:
- Reportes obligatorios
A partir del 1 de enero de 2026, las sociedades indicadas deberán remitir, a través de CMF Supervisa y dentro de los 5 días hábiles siguientes a cada elección o renovación de directorio, antecedentes como la fecha de la junta de accionistas respectiva, la identificación y sexo de cada director titular y suplente y, de corresponder, las razones que justifiquen el incumplimiento de los porcentajes máximos de representación por sexo establecidos por la Ley.
Cualquier cambio posterior en la composición del directorio derivado de una vacancia deberá ser informado dentro de los 5 días hábiles siguientes a su ocurrencia.
Adicionalmente, la NCG establece una obligación de carácter transitorio: las sociedades deberán informar a la CMF, a más tardar el 31 de enero de 2026, la composición de su directorio vigente al 31 de diciembre de 2025. Este envío inicial no exigirá incluir las razones de incumplimiento de los porcentajes de representación por sexo.
- Ajustes a la NCG N°30 y nuevas exigencias para memorias
Asimismo, la NCG introduce modificaciones a la NCG N°30 con el fin de alinear el contenido de las memorias anuales con las obligaciones de información establecidas por la Ley.
En lo esencial, se amplía el detalle que las sociedades deben incluir respecto de su directorio, incorporando ahora la identificación y sexo de cada uno de sus integrantes, además de un nuevo requisito consistente en informar las razones y fundamentos en caso de que la sociedad no cumpla con los porcentajes máximos de representación por sexo sugeridos por la Ley.
Estas modificaciones serán aplicables a las memorias correspondientes al ejercicio 2026, que deberán presentarse en 2027.
- Otras consideraciones relevantes
Es importante recordar que, de conformidad con la Ley, esta información deberá ser publicada también en el sitio web institucional de la sociedad, siempre que cuente con uno, complementando así su inclusión en la memoria y el envío a la CMF.
Por otra parte, con el fin de apoyar la aplicación del nuevo régimen de información, la CMF mantendrá en su sitio web institucional una nómina de las sociedades anónimas abiertas y especiales fiscalizadas que, por disposición legal, deban remitir la información exigida por la NCG.
En caso de requerir información adicional sobre esta materia, puede contactar a Christian Schiessler (cshiesslerq@jdf.cl) y a Francisca Chávez (fchavez@jdf.cl).





