Con fecha 20 de enero de 2026, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) emitió la resolución exenta que tiene presente la observancia del documento técnico titulado “Criterio de evaluación en el SEIA: Introducción a proyectos de data center (primera edición, 2026)”.
Esta guía tiene por objeto proporcionar una introducción técnica a los proyectos de centros de datos, detallando sus partes, obras y equipamientos esenciales, a la vez que establece las condiciones y criterios técnicos bajo los cuales estas iniciativas deben someterse obligatoriamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Su finalidad primordial es uniformar los requisitos de evaluación, orientar la elaboración de Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) y Estudios de Impacto Ambiental (EIA), y fortalecer la certeza regulatoria para los actores de la industria.
Relevancia para la industria
- Certeza sobre la tipología de ingreso al SEIA
Dado que los proyectos de data centers no cuentan con una tipología de ingreso expresa en la normativa vigente, su obligatoriedad de ingreso al SEIA debe ser analizada caso a caso, dependiendo de si sus partes, obras o acciones se encuadran en las tipologías generales del artículo 10 de la Ley N°19.300 y el artículo 3° del Reglamento del SEIA.
La guía clarifica que las principales causales de ingreso identificadas para este sector son:
- Manejo de sustancias peligrosas (literal ñ.3): Aplica principalmente por la capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables (como diésel para generadores de respaldo o ciertos refrigerantes) en cantidades iguales o superiores a 80.000 kilogramos.
- Infraestructura eléctrica asociada al Data Center (análisis de literal c, b.1 y b.2)
- Línea de alta tensión (literal b.1): Se configura cuando el proyecto requiere la construcción de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje, entendidas como aquellas con una tensión superior a 23 kilovoltios (kV) ) y cuyo trazado presente una longitud superior a dos kilómetros (2 km).
- Centrales generadoras de energía (literal c): Podría aplicar en el caso de grupos electrógenos de respaldo con capacidad mayor a 3 MW, sujeto a un análisis de procedencia según el diseño específico del proyecto.
- Subestación reductora: Se precisa que las subestaciones reductoras de voltaje que comúnmente se asocian a estos proyectos no configuran por sí solas la tipología de ingreso del literal b.2.
- Evaluación de potenciales impactos
La guía incorpora tablas de carácter orientador que relacionan las acciones propias de las distintas fases de desarrollo de los proyectos de data centers con los principales impactos ambientales que deben ser evaluados por sus titulares, con el objeto de determinar la eventual existencia de impactos significativos que hagan exigible el ingreso al SEIA. Entre dichos impactos se identifican, entre otros, posibles afectaciones al recurso hídrico, emisiones atmosféricas, generación de ruido y gestión de residuos, precisando que su significancia dependerá del contexto territorial y de las características ambientales del área de emplazamiento, sin perjuicio de la responsabilidad del titular de identificar y evaluar integralmente los impactos asociados a su proyecto.
- Permisos ambientales sectoriales
El documento identifica una serie de Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) que podrían ser atingentes según el diseño y localización del proyecto. El tratamiento de estos permisos en la guía es referencial y destaca, por su frecuencia en la industria, el PAS 142 relativo al sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos (como baterías y aceites lubricantes). Otros permisos relevantes incluyen los asociados a la intervención de vegetación (PAS 150, 151), modificación de cauces (PAS 156), entre otros.
- Vigencia
Este criterio de evaluación entrará en vigencia desde la fecha de publicación del extracto de la resolución exenta en el Diario Oficial. Aquellos proyectos que ya se encuentren en proceso de evaluación podrán acogerse a estos criterios de manera voluntaria si lo estiman conveniente
Si requiere información adicional sobre esta materia, contactar a Francisco López (flopez@jdf.cl), Eduardo Silva (esilva@jdf.cl) o Martín Esser (meeser@jdf.cl)





